Mientras mayor sea la regulación, mayor será la solución y prevención de problemas derivados. Con esto en mente, la comunidad, junto con la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (Famp) ha elaborado una ordenanza para la regulación local de las áreas de estacionamiento de autocaravanas, campers y caravanas con objeto de facilitar esta labor a los ayuntamientos. Se homogeniza la normativa municipal tras la aprobación del decreto autonómico de campamentos de turismo que define los campamentos como establecimientos de alojamiento que, ocupando un espacio de terreno delimitado, acondicionado y dotado de instalaciones, facilitan una serie de servicios para hacer vida al aire libre, a cambio de precio y durante un período de tiempo limitado, sin que en ningún caso la permanencia pueda tener carácter de residencia habitual o de domicilio.
Mediante la nueva regulación se adapta la normativa a los nuevos formatos de alojamiento y se garantiza la calidad de los servicios. Como principales novedades, establece una distinción en dos grupos: campings y áreas de pernocta de autocaravanas. Para las áreas de autocaravanas, que se regulan por primera vez, se establece que son establecimientos destinados exclusivamente a la acogida y acampada de este tipo de vehículos. El decreto no regula las zonas de estacionamiento, que son competencia municipal. En el caso de los campings, se recoge un nueva clasificación por estrellas que consta de cinco categorías, frente a las cuatro de la anterior normativa. El modelo de ordenanza también propone un régimen sancionador en caso de incumplimientos y recomienda que las zonas de estacionamiento estén debidamente señalizados en la entrada, al menos, con los servicios disponibles. La norma excluye las acampadas ocasionales relacionadas con actividades juveniles, albergues o colonias de vacaciones, y con la celebración de algún tipo de evento (deportivo o cultural); los campamentos privados para uso exclusivo de socios o propietarios de los mismos, y el estacionamiento de autocaravanas, caravanas y campers sin despliegue de elementos o mobiliario.
El modelo de ordenanza propuesto para facilitar este modo de turismo en nuestra comunidad incorpora las nuevas definiciones del decreto para este tipo vehículos y de lo que se consideran áreas de estacionamiento reservado, tanto de carácter público como privado. También incorpora recomendaciones sobre su ubicación, atendiendo a su compatibilidad con el tráfico y a la protección del medio ambiente, el paisaje y los recursos culturales, entre otros aspectos. Esta regulación municipal tipo establece las características que deben cumplir estos aparcamientos y los puntos de reciclaje obligatorios. Además, se recomienda el establecimiento de unos precios públicos en caso de estacionamiento con horario limitado y se fijan una serie de limitaciones de uso de estas zonas, en cuanto al despliegue de mobiliario y otros elementos, o la eliminación de residuos. 
Con esta nueva regulación, Andalucía facilita la labor de sus consistorios, pero también favorece un tipo de turismo cada día más solicitado.